{"id":1275,"date":"2015-12-03T10:08:52","date_gmt":"2015-12-03T10:08:52","guid":{"rendered":"http:\/\/nueva.fefq.es\/?p=1275"},"modified":"2021-04-07T11:53:42","modified_gmt":"2021-04-07T11:53:42","slug":"3-de-diciembre-dia-internacional-y-europeo-de-las-personas-con-discapacidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/3-de-diciembre-dia-internacional-y-europeo-de-las-personas-con-discapacidad\/","title":{"rendered":"3 de diciembre: D\u00cdA INTERNACIONAL Y EUROPEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>La Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Fibrosis Qu\u00edstica se adhiere al manifiesto publicado por el CERMI con motivo de este d\u00eda.<\/strong><\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><b><strong>3 DE DICIEMBRE DE 2015<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><b>D\u00cdA INTERNACIONAL Y EUROPEO DE<\/b>\u00a0<b><strong>LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><b><strong>\u00a0<\/strong><em>POR LA CONSTITUCIONALIZACI\u00d3N<\/em><\/b>\u00a0<b><strong><em>PLENA DE LOS DERECHOS SOCIALES<br \/>\n<\/em><\/strong><\/b><b><strong><em>POR QUE LA INCLUSI\u00d3N SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD FIGURE EN LA CONSTITUCI\u00d3N ESPA\u00d1OLA COMO DERECHO FUNDAMENTAL<\/em><\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">_________<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con motivo del D\u00eda Internacional y Europeo de las Personas con Discapacidad, instituido por la Organizaci\u00f3n de Naciones Unidas y la Uni\u00f3n Europea, a escala mundial y europea, y que cada a\u00f1o se celebra el d\u00eda 3 de diciembre, el movimiento social espa\u00f1ol de la discapacidad articulado en torno al CERMI hace p\u00fablico el siguiente<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><b><strong>MANIFIESTO<\/strong><\/b><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n espa\u00f1ola dispone que es voluntad de la Naci\u00f3n establecer\u00a0una sociedad democr\u00e1tica avanzada y que Espa\u00f1a se constituye en un Estado social y democr\u00e1tico de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jur\u00eddico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo pol\u00edtico.<\/p>\n<p>Tras casi cuatro d\u00e9cadas de vigencia del texto constitucional, y a fin de convertir en plenos y efectivos esos designios y mandatos en lo referido a las mujeres y hombres con discapacidad, y a sus familias, que siguen en una situaci\u00f3n generalizada de exclusi\u00f3n social, permanente y estructural, sometidos a discriminaciones y negaciones m\u00faltiples y reiteradas de sus derechos humanos, y con dificultades enormes para acceder con normalidad a los bienes sociales que aseguran unas condiciones de vida en comunidad digna y participativa, en igualdad con el resto de las espa\u00f1olas y espa\u00f1oles, ha llegado el momento pol\u00edtico de llevar a la Constituci\u00f3n, mediante su reforma, nuevas y m\u00e1s vigorosas proclamaciones de derechos, dotando de garant\u00edas de cumplimento reales, prontas y eficaces a los mismos.<\/p>\n<p>La profundizaci\u00f3n democr\u00e1tica y el progreso de la vida espa\u00f1ola exigen sin m\u00e1s aplazamientos que los derechos fundamentales y las libertades p\u00fablicas y los bienes sociales en que se encarnan alcancen a toda la ciudadan\u00eda sin restricciones ni exclusiones por motivos de pertenencia a grupos sociales que como el de las personas con discapacidad \u2013y por extensi\u00f3n, sus familias- portan una nota de diversidad humana intr\u00ednsecamente valiosa, que sin embargo a lo largo de la Historia, incluso la m\u00e1s reciente, ha sido castigada por apartarse del canon de normalidad impuesto.<\/p>\n<p>Una sociedad democr\u00e1tica avanzada, prop\u00f3sito que establece la vigente Constituci\u00f3n espa\u00f1ola, pasa hoy como nunca antes por que\u00a0 los derechos sociales, econ\u00f3micos y culturales adquieran el m\u00e1ximo nivel de proclamaci\u00f3n, reconocimiento y protecci\u00f3n constitucionales, abandonando esquemas superados en los que estos derechos ten\u00edan y tienen una consideraci\u00f3n meramente secundaria, un car\u00e1cter subalterno que impide a buena parte de la poblaci\u00f3n -entre ella, las personas con discapacidad y sus familias- lograr un desarrollo humano completo y liberar el enorme potencial que encierran para hacer m\u00e1s rica y fecunda la vida social.<\/p>\n<p>Ante ello, recogiendo el sentir generalizado de los hombres y mujeres con discapacidad, y de sus familias, el movimiento social de la discapacidad reclama a las fuerzas pol\u00edticas que concurren a las Elecciones Generales del 20 de diciembre de 2015, que adquieran el compromiso de promover con urgencia la reforma de la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola de 1978. Todo ello, a fin de dotar de rango de derecho fundamental -m\u00e1ximo grado de protecci\u00f3n y garant\u00eda- a los derechos sociales, econ\u00f3micos y culturales de la ciudadan\u00eda espa\u00f1ola, comprendidos los de las personas con discapacidad (y sus familias), que aseguren su inclusi\u00f3n en la comunidad y la vida independiente, mediante la no discriminaci\u00f3n y la acci\u00f3n positiva. Los derechos sociales en la nueva carta constitucional fortalecida y renovada han de tener el mismo grado de protecci\u00f3n y garant\u00eda que los derechos civiles y pol\u00edticos y las libertades p\u00fablicas.<\/p>\n<p>En l\u00ednea con el planteamiento anterior, la pr\u00f3xima modificaci\u00f3n constitucional ha de comprender la reforma del actual art\u00edculo 49, tanto de su contenido, como de su ubicaci\u00f3n, dedicado en el vigente texto constitucional a las personas con discapacidad, para configurar la igualdad, la inclusi\u00f3n en la comunidad, la protecci\u00f3n contra cualquier forma de discriminaci\u00f3n, la vida independiente y la provisi\u00f3n de los apoyos necesarios, incluida la asistencia personal, \u00a0como derechos fundamentales, actualizando asimismo el enfoque y la\u00a0terminolog\u00eda al paradigma de derechos humanos de la Convenci\u00f3n Internacional de Naciones Unidas de 2006.<\/p>\n<p>Entre estas garant\u00edas constitucionales, necesariamente han de figurar la de la accesibilidad universal y el dise\u00f1o para todas las personas de los entornos, bienes, productos, servicios y procesos \u2013a trav\u00e9s de los medios, medidas y dispositivos precisos como el c\u00f3digo de lectoescritura braille, los medios de apoyo a la comunicaci\u00f3n oral, la comunicaci\u00f3n alternativa y aumentativa, la lectura f\u00e1cil, los productos de apoyo y las tecnolog\u00edas asistivas, entre otras-, as\u00ed como la obligaci\u00f3n de proporcionar ajustes razonables a las personas con discapacidad.<\/p>\n<p>La renovada Constituci\u00f3n espa\u00f1ola, en las referencias expresas a las personas con discapacidad, deber\u00eda contener tambi\u00e9n un manifestaci\u00f3n de los derechos a la plena igualdad de las mujeres y ni\u00f1as con discapacidad, como parte de este grupo social m\u00e1s expuesta a la exclusi\u00f3n y la discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">3 de diciembre de 2015.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><b><strong>Comit\u00e9 Espa\u00f1ol de Representantes<\/strong><\/b>\u00a0<b><strong>de Personas con Discapacidad\u00a0<\/strong><\/b><b><strong>CERMI<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><b><strong>\u00a0<\/strong><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"http:\/\/www.cermi.es\/\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\"><b><strong>www.cermi.es<\/strong><\/b><\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"http:\/\/www.convenciondiscapacidad.es\/\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\"><b><strong>www.convenciondiscapacidad.es<\/strong><\/b><\/a><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Fibrosis&#8230;<\/p>","protected":false},"author":22,"featured_media":10547,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[],"class_list":{"0":"post-1275","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-federacion"},"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1275","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/22"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1275"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1275\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10547"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1275"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1275"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/fibrosisquistica.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1275"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}